- 29/09/2023
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La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, más conocida como “Ley Animalista”, entra hoy en vigor con la exclusión de la caza gracias al compromiso y la unión del sector cinegético nacional, representada en la histórica manifestación del 20 de marzo de 2022, y al trabajo de las federaciones de caza.
Pese al marcado carácter ideológico y anticaza con que nació un texto legal impulsado por la Dirección General de Derechos de los Animales del Gobierno de España, y que fue aprobado el 9 de febrero en el Congreso de los Diputados con los votos a favor de PSOE, UP, ERC, EH-Bildu y CUP y la abstención de BNG, Teruel Existe y Compromís, la actividad cinegética no se verá afectada, quedando excluía de su ámbito de aplicación.
Soy cazador, ¿cómo me afecta la Ley de Bienestar Animal?
La Federación Andaluza de Caza recuerda que la caza, los perros de caza y demás animales auxiliares para la actividad cinegética y todas las actividades deportivas con animales amparadas por el Consejo Superior de Deportes (CSD) están excluidas del ámbito de aplicación de dicha Ley.
Esto significa que las obligaciones y prohibiciones impuestas con carácter general por la Ley de Bienestar Animal no se aplicarán ni a la caza ni a los animales auxiliares de caza (perros, aves de cetrería, reclamos, hurones…). Tampoco a todas aquellas actividades deportivas que impliquen a animales, como el Silvestrismo, que estén amparadas por el Consejo Superior de Deportes y reconocidas, en el caso de la caza, por la Real Federación Española de Caza.

Seguro obligatorio: Aunque es recomendable, no es obligatorio sacar un seguro a mi perro de caza u otro animal auxiliar, ya que no les es de aplicación la Ley de Bienestar Animal en el ámibito de la caza.
¿Por qué es recomendable asegurarlos? Los perros de caza, aves de cetrería u otros animales auxiliares pueden provocar, de manera involuntaria, daños o accidentes por los que deberá responder el titular. Por ejemplo, un perro de caza o un ave de cetrería que se escape puede provocar un accidente de tráfico, por cuyos daños deberá responder el propietario/titular del animal. Por eso es recomendable asegurar perros de caza y otros animales auxiliares.
Si quieres ampliar información en relación a este tema, ponte en contacto con tu Delegación Provincial de la Federación Andaluza de Caza.
Curso o examen: No es obligatorio realizar un curso o examen para tener un perro de caza u otro animal auxiliar ya que no les es de aplicación esta Ley. Es importante aclarar que toda la normativa relativa a cursos y requisitos técnicos para la tenencia de perros de caza u otros animales auxiliares se mantiene tal y como hasta ahora.
Castración y cría: Como cazador, la Ley no afecta a la posibilidad de críar mis perros de caza. Tampoco será obligatoria la castración que sí se impone, con carácter general, a todos los dueños de perros y otras mascotas.
¿Cómo acredito que mis perros son de caza?
Ésta es la pregunta que los cazadores se formulan ahora mayoritariamente y desde la Federación Andaluza de Caza analizamos el texto legal para resolver la duda que más se repite en el mundo de la caza.
La Ley de Bienestar Animal necesita, para su correcta aplicación, desarrollar un Reglamento que, entre otras muchas cosas, indique cómo se catalogan o definen legalmente los perros de caza. Sin embargo, el Gobierno Central no ha elaborado ese Reglamento, por lo que el próximo 29 de septiembre lo que entrará en vigor es el texto de la Ley de Bienestar Animal (sin ese reglamento que lo desarrolle, detalle y concrete).
Por tanto, a día de hoy, la única manera de acreditar legalmente que los perros son de caza es que el titular de dichos perros disponga de una licencia de caza en vigor y que tenga toda la documentación de los perros en regla (que se encuentren dados de alta, cuenten con microchip, cartillas de vacunación al corriente, etc…).
A la espera del futuro desarrollo de la Reglamentación complementaria a la la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, ésta será la única manera legal de acreditar que los perros son de caza y, por tanto, no les es de aplicación las obligaciones y limitaciones de dicha Ley.

Silvestrismo
La entrada en vigor de la Ley no prohibirá el Silvestrismo ya que al Silvestrismo y a la tenencia de aves fringílidas no le es de aplicación la Ley de Bienestar Animal siempre que el titular de los pájaros, debidamente identificados, sea un deportista/silvestrista federado en una federación autonómica de caza, al tratarse de una actividad deportiva oficial tutelada por el CSD a través de la Real Federación Española de Caza.
En caso contrario, es decir, si no están federados en alguna federación autonómica de caza, quienes tengan aves fringílidas deberan cumplir lo dispuesto por la Ley de Bienestar Animal.
Una solución insuficiente
La Federación Andaluza de Caza considera la exclusión de la caza de la Ley Animalista una medida que salva el peligro para la actividad pero que no satisface en ningún caso al sector cinegético, que siempre ha exigido la derogación de una Ley sectaria e ideológica que, además, generará gravísimos problemas para la conservación del medio ambiente y la fauna al prohibir el control de gatos y perros asilvestrados, que generan un altísimo impacto en el medio natural tal y como demuestran multitud de estudios científicos.
“La Ley Animalista se gestó sin contar en ningún momento con el mundo de la caza ni, en general, con el mundo rural. Esto no sólo ha generado un fortísimo rechazo, protagonizando una de las movilizaciones más importantes de los últimos 20 años en la capital el pasado 20 de marzo, sino que además ha generado una situación esperpéntica que pone en una delicadísima situación a los dueños de mascotas, que deberán enfrentarse a multitud de obligaciones y prohibiciones con amenazas de fuertes sanciones, e incluso a instituciones públicas como ayuntamientos, que ahora serán responsables del control de colonias felinas y perros errantes” explica José María Mancheño, presidente de la Federación Andaluza de Caza.
En este sentido, el máximo representante de los cazadores andaluces es claro respecto a la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal: “los cazadores entendemos la exclusión de nuestra actividad como algo lógico, ya que es la única manera de seguir practicándola con garantías. Sin embargo, nuestra postura respecto a la Ley Animalista siempre será que debe derogarse y elaborarse una de consenso en la que participen, aporten y sean considerados todos los sectores afectados, teniendo en cuenta sus necesidades y particularidades”.