El Supremo confirma que el furtivismo sobre especies cinegéticas es delito y no infracción administrativa
- 25/03/2025
- Categorías: Noticias, Sala de Prensa
Fundación Artemisan celebra la postura del Supremo, que considera delito la irrupción en un coto de caza sin autorización del titular, con independencia de si se trata de periodo hábil o veda o si se ha abatido o no alguna pieza
El Tribunal Supremo, en sentencia 72/2025 de 30 de enero, ha zanjado definitivamente los diferentes criterios en las audiencias provinciales y confirma que el furtivismo sobre especies cinegéticas sin autorización del titular es delito, y no una mera infracción administrativa, con independencia de que se haya abatido especie alguna.
La sentencia recoge que considerar la caza en un coto sin la debida autorización de su titular como constitutiva de un delito contra la fauna del artículo 335.2 del Código Penal, tiene como objeto -más allá de la protección del titular cinegético- la propia protección de la biodiversidad.
En este sentido, añade que solo una caza ordenada que proteja todas las especies cinegéticas y contribuya al mantenimiento del equilibrio y la salud de los ecosistemas puede contribuir al afianzamiento del bien jurídico protegido.
Además, afirma que la veda no responde a una distribución puramente convencional y caprichosa del tiempo de caza, sino que se trata de periodos que responden a razones de orden biológico que facilitan la reproducción de la especie, estando íntimamente conectada con la conservación de las especies y el aprovechamiento sostenible de la caza.
La sentencia indica que lo que se protege son los espacios naturales en general, y no solo de los cotos de caza y, por lo tanto, será considerado delito contemplado en el artículo 335.2 del Código Penal la caza en coto privado sin la debida autorización de su titular. Se castiga así la irrupción ilegítima en terrenos cinegéticos, asegurando el equilibro de la caza.
Fundación Artemisan celebra la postura del Tribunal Supremo, puesto que desde hace años lleva insistiendo en la necesidad de unificar el criterio de las distintas audiencias provinciales para que el furtivismo sea perseguido como lo que es, un delito grave, y solicita que se eleven las penas contra sus autores para acabar con una lacra que genera enormes daños medioambientales, sociales y económicos.