Publicada la Orden General de Vedas para la temporada 2022/23 en Andalucía

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden por la que se publican los periodos hábiles de caza para la temporada 2022-2023, cuya demora ha provocado numerosas consultas e incertidumbre entre los cazadores en las últimas semanas.

La Orden, que con carácter general es continuista respecto a la de otros años en los períodos hábiles de la mayoría de especies cinegéticas, sí introduce cambios en los períodos hábiles de la paloma zurita y torcaz. Estos cambios en ambos períodos hábiles de caza vienen motivados por la obligación de respetar estrictamente los períodos de migración y reproducción establecidos por el Comité NADEG (Nature Directives Expert Group), que este año actualizó sus criterios.

Así, la Orden General de Vedas 2022/23 permite cazar la Paloma Torcaz y Bravía en Media Veda durante el período de 21 de agosto a 25 de septiembre (del 4 al 18 de septiembre en la Zona Costera de Cádiz) y además establece un período único de caza durante el período general para palomas zurita, bravía y torcaz del 9 de octubre al 5 de febrero, que garantiza que estas especies no se cazan durante sus períodos reproductores o migratorios, evitando así una denuncia y futura prohibición de su aprovechamiento por parte de la Comisión Europea.

 

Tórtola Europea

La otra novedad significativa de la Orden General de Vedas es que, si bien mantiene el cupo 0 para la tórtola de nuevo esta temporada, en el texto ya se abre la puerta a un futuro aprovechamiento de la especie en aquellos cotos que estén aplicando el Plan de Caza Adaptativa, para el que son fundamentales los censos de esta especie que se realizan a través del Observatorio Cinegético y la Federación Andaluza de Caza.

 

Perdiz con Reclamo

Otra de las novedades para la Perdiz con Reclamo será que en algunas comarcas cinegéticas del Grupo 1 habrá cotos que puedan adelantar su período hábil de caza al período comprendido entre el 7 de enero y el 17 de febrero.

Esta novedad, demandada por sociedades de cazadores y cuquilleros, ha sido posible gracias al Estudio de Fenología Reproductiva realizado por la FAC y la Unidad de Investigación en Recursos Cinegéticos de la Universidad de Córdoba, que aportó argumentos que ahora se han podido utilizar para sostener esta demanda.

 

Zorzal y Perdiz Roja

Precisamente, los períodos hábiles de caza del Zorzal y de la Perdiz Roja en esta Orden de Vedas obedecen a los estudios científicos realizados por la FAC junto a la Universidad de Córdoba respecto a la fenología migratoria y fenología reproductiva de ambas especies, respectivamente, que blindan el aprovechamiento cinegético de ambas fijando unos cupos que cumplen escrupulosamente con lo establecido por la Comisión Europea.

La Federación Andaluza de Caza considera esta OGV como una Orden “de transición”, a la espera de que en los próximos años puedan alcanzarse mejoras en función a las conclusiones técnicas de los estudios científicos que se están realizando a través del Observatorio Cinegético sobre determinadas especies como la tórtola, el zorzal o la codorniz.

“Esta Orden de Vedas 2022/23 nos sirve para comprobar como, cualquier cambio de criterio del Comité NADEG de la Comisión Europea afecta a nuestros períodos hábiles, en este caso en las palomas. Por eso es fundamental que cada vez más cazadores sumen su colaboración al Observatorio Cinegético para aportar sus censos y experiencias sobre las especies y ayudarnos así a generar argumentos para defender la actividad y el aprovechamiento sostenible de todas las especies” explica José María Mancheño, presidente de la Federación Andaluza de Caza.

A continuación se adjunta la Orden General de Vedas para la temporada de caza 2022/23 en Andalucía para su consulta y descarga.



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