Los cazadores que residan en municipios andaluces “confinados” sólo podrán cazar dentro de su término municipal

La Federación Andaluza de Caza informa que los cazadores que residan en municipios andaluces “confinados” sólo podrán cazar en terrenos acotados dentro de su término municipal.

Las resoluciones que dictan el confinamiento de los municipios afectados prohíben la ENTRADA Y SALIDA del término municipal de las personas que residan o se encuentren en éste. Sin embargo, permite expresamente la circulación de residentes dentro del término municipal, siempre cumpliendo las normas higiénico-sanitarias de obligado cumplimiento. Por tanto, dichas medidas no impiden a los cazadores practicar la caza siempre que se permanezca en todo momento en terreno del término municipal en cuestión.

En este caso, la FAC recomienda a los cazadores que, como es obligatorio en cualquier caso, lleven consigo en todo momento la autorización para cazar en el/los coto/s de la sociedad de cazadores en cuestión, de modo que pueda emplearse como justificante en caso de ser requerida por agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad.

Por el contrario, los socios de una sociedad de cazadores cuyo término municipal esté confinado y que residan fuera de éste NO PODRÁN ACUDIR A CAZAR mientras esté vigente la medida de restricción de movilidad.

Ante cualquier duda, la Federación Andaluza de Caza recuerda que, tanto los cazadores, como las sociedades federadas, cuentan con un Servicio Jurídico gratuito para asesoramiento y consulta al que pueden acceder a través de sus Delegaciones Provinciales de la FAC.



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