El Silvestrismo plantea otra vía para que la Comisión Europea vuelva a autorizar las capturas

El Silvestrismo, a través de la RFEC, la Plataforma en Defensa del Silvestrismo y las Federaciones autonómicas de caza, está trabajando para obtener del Comisario Europeo su luz verde para permitir nuevamente el silvestrismo en España, al cumplir los postulados de la Directiva AVES y los recogidos en una reciente sentencia favorable a la captura de fringílidos en la República de Malta.

En dicha sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concluido que se ha producido el incumplimiento por parte de Malta de las obligaciones que le incumben en virtud de lo prevenido en varios artículos de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (“Directiva de Aves”). Todo ello debido a que el régimen de excepciones que permite la captura de ejemplares vivos de aves fringílidas en Malta no se ajusta a los postulados de la citada Directiva de Aves.

Analizado el indicado pronunciamiento judicial, la RFEC entiende que en el caso de España se cumple escrupulosamente con lo dispuesto por la indicada sentencia y por el artículo 9.1 de la Directiva Aves, ya que el silvestrismo es un método selectivo, se explota de forma prudente y en pequeñas cantidades, se captura y se practica en condiciones estrictamente controladas y además se ha demostrado la inexistencia de otra solución satisfactoria (se ha demostrado científicamente que la cría en cautividad no es viable en la actualidad).

En este sentido, la eurodiputada Mazaly Aguilar (ECR), ha planteado a la Comisión Europea una pregunta parlamentaria en la que solicita si el cumplimiento estricto de los postulados de la Directiva Aves y los recogidos en la indicada sentencia permitirían nuevamente la autorización del silvestrismo por parte de las autoridades españolas.

El presidente de la RFEC, Ignacio Valle, afronta con optimismo esta nueva vía para que se vuelvan a autorizar las capturas, ya que “esas exigencias ecológicas, científicas, culturales, económicas, recreativas, regionales y locales, dada su inclusión en la Ley 42/2007, han de ser observadas por la Administración para poder conceder autorizaciones de captura de aves fringílidas, concesión que, sin duda, puede llevarse a cabo por este cauce legal avalado por la propia Directiva de Aves”.



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